SERNAC PRESENTA DEMANDA COLECTIVA CONTRA ENEL POR NO COMPENSAR A CONSUMIDORES AFECTADOS POR PROLONGADO CORTE
El objetivo de esta acción es que la justicia establezca las compensaciones para todos los consumidores que se vieron afectados.
· Esta demanda se presenta luego que la propuesta entregada por la empresa al SERNAC fuera considerada insuficiente, porque no compensaba a todos los consumidores afectados.
· Por otro lado, en el marco de un Procedimiento Voluntario Colectivo favorable, la empresa CGE compensará a los afectados por un prolongado corte ocurrido en la misma fecha, beneficiando a 269.059 consumidores de varias regiones, quienes dependiendo del tiempo sin suministro recibirán hasta $35 mil, monto que es adicional a lo que exige la normativa sectorial.
El SERNAC presentó una demanda colectiva contra ENEL Distribución Chile S.A. y
ENEL Colina S.A., luego de que la propuesta indemnizatoria presentada por la
compañía fuera considerada insuficiente, pues no compensaba adecuadamente a
todos los consumidores que fueron afectados por el corte y demora excesiva en la
reposición del suministro de energía ocurrido entre los días 29 de enero y 2 de
febrero de 2021 en la Región Metropolitana.
Lo anterior, pese a que se emitieron alertas tempranas preventivas del sistema
frontal por la ONEMI para la Región Metropolitana.
El Director Nacional del SERNAC, Lucas Del Villar, explicó que el objetivo de esta
acción es que los tribunales finalmente establezcan compensaciones justas,
proporcionales y que beneficien a todos los usuarios que se vieron afectados por el
prolongado corte que dejó sin electricidad a miles de consumidores en la Región
Metropolitana.
“Cuando estamos hablando de un servicio tan básico e importante como la
electricidad, las empresas deben ser todavía más profesionales y compensar,
oportuna y adecuadamente, ante demoras injustificadas en el restablecimiento del
suministro. Quedar sin suministro por varias horas, puede afectar el trabajo en el
contexto de pandemia, el estudio de los niños e incluso afectar la salud cuando
hablamos de personas electrodependientes”, señala.
La autoridad agrega que, si bien el SERNAC siempre “busca el camino más corto y
eficiente para obtener compensaciones para los consumidores a través de los
Procedimientos Voluntarios Colectivos, en este caso, la propuesta de ENEL fue
insuficiente al no beneficiar a todo el universo de consumidores que se vieron
afectados”.
En efecto, durante el proceso extrajudicial, ENEL indicó que sólo estaba dispuesta a
compensar a los usuarios que fueron afectados por el corte por un período de tiempo
superior a las 20 horas, lo que fue rechazado por el SERNAC por resultar
discriminatorio respecto de ese subgrupo de afectados.
En materia de electricidad los consumidores tienen derecho a recibir el servicio por el
que pagaron, sin interrupciones, y a ser compensados por el tiempo que no tuvieron
el servicio cuando no es así.
Ante un corte, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para
reponer el servicio lo antes posible, así como deben contar con planes de
contingencia para disminuir al máximo la molestia a los usuarios.
El organismo que regula y fiscaliza la prestación de los servicios básicos de
electricidad es la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). No
obstante, la reforma a la Ley del Consumidor (Ley N° 21.081), que entró en vigencia
en marzo del año 2019, estableció que en procesos colectivos se determinarán
compensaciones adicionales a las automáticas sectoriales y por los daños
efectivamente sufridos por los consumidores que fueran objeto de prolongadas
suspensiones en servicios básicos.
Compensaciones CGE
En paralelo, en otro Procedimiento Voluntario Colectivo favorable con la empresa
CGE, el SERNAC logró obtener compensaciones que benefician a los clientes
residenciales de las regiones de Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble,
Biobío y Araucanía que fueron afectados por cortes a consecuencia del temporal que
afectó la zona centro-sur del país entre los días 29 de enero y 2 de febrero de 2021.
Este resultado beneficiará a un total de 269.059 consumidores y considera un monto
compensatorio de un total de $1.949.944.000 millones que se distribuyen de acuerdo
al tiempo de interrupción, con un tope máximo de $35 mil por períodos de corte
sobre 48 horas.
Esta compensación es adicional a los montos que la compañía descontó de manera
automática con cargo a cada facturación mensual conforme a la normativa sectorial, y
también considera el “costo de reclamo” de los consumidores que se acercaron al
SERNAC.
También la empresa deberá compensar las pérdidas de alimentos, medicamentos,
artefactos dañados y otros, que los consumidores logren acreditar. El monto por este
concepto se calculará una vez que se implemente el acuerdo, dándose cuenta de
aquello a través de la auditoría externa que acreditará el cumplimiento de los
compromisos por parte de la compañía.
El pago de las compensaciones y costo de reclamo se realizará mediante abonos en
los respectivos estados de cuentas mensuales, hasta su completa extinción, sin límite
de tiempo.
Por otra parte, también en el marco de este Procedimiento Voluntario Colectivo
favorable con CGE, la empresa se comprometió a implementar medidas para evitar
que este tipo de situaciones se repitan. Entre ellas, desarrollar sistemas para mejorar
la información y atención al cliente, así como un plan de prevención y/o mitigación de
riesgos de sus respectivas instalaciones, entre otras.
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